OBJETIVO Y FINES DE LA ASOCIACION
 

La "Asociación Española de Derecho Farmacéutico" tiene por objeto la realización del conjunto de actividades encaminadas a la investigación, promoción, progreso y difusión del sector del ordenamiento jurídico relacionado con los productos farmacéuticos y sanitarios, en su más amplia acepción, en orden a la más amplia protección de la salud humana, en todas sus manifestaciones.

* Para el desarrollo de su objetivo la Asociación podrá llevar a cabo las siguientes actividades, sin que tal enumeración tenga carácter limitativo:

A) Promover la formación y el conocimiento teórico y práctico del Derecho Farmacéutico entre los profesionales de todas las clases, que actúan en el sector farmacéutico y sanitario.

B) Promover el conocimiento del Derecho Farmacéutico en general y la formación de especialistas en esa rama jurídica.

C) Promover intercambios científicos entre personas e instituciones interesadas en el Derecho Farmacéutico, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

D) Organizar congresos, simposium y reuniones u otras actividades científicas y técnicas que tengan por objeto el estudio del Derecho Farmacéutico y su adaptación a la realidad de cada momento.

E) Promocionar y editar publicaciones científicas, técnicas o divulgativas, relacionadas con el Derecho Farmacéutico y con el fármaco en general.

F) Solicitar y conceder ayudas, becas o subvenciones para financiar y colaborar en investigaciones, estudios y actividades que se refieren al fármaco y al Derecho Farmacéutico en todas sus manifestaciones.

G) Emitir informes y evacuar consultas, a petición de cualesquiera personas y organismos públicos o privados, en relación con el ordenamiento jurídico farmacéutico vigente y sus modificaciones futuras, tanto legales como reglamentarias que se refieran o afecten al sector.

H) Realizar funciones de conciliación y arbitraje en asuntos de Derecho Farmacéutico, dirimiendo las controversias que le sean sometidas por las partes interesadas y con arreglo, en cada caso, a la legislación aplicable.

I) Cualesquiera otras que pudieran suscitarse en el ámbito del Derecho Farmacéutico, a que extiende su actividad la Asociación.